
CIUDAD DE MÉXICO, 17 de febrero (Al Momento Noticias).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió la orden de un juez civil del DF que frenó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para pronunciarse sobre la retransmisión de canales abiertos en los sistemas de cable; esto, al admitir a trámite trámite la controversia constitucional promovida por la Presidencia de la República sobre telecomunicaciones el pasado jueves.
Esta decisión implica que el IFT sí puede ordenar la retransmisión gratuita de canales de televisión abierta a través de canales de televisión restringida (conocido como must carry-must offer); con ello, se mantendrán las cosas en el estado que actualmente guardan hasta que la SCJN se pronuncie sobre el fondo del asunto al analizar la Controversia Constitucional 18/2014 impulsada por el Ejecutivo federal.
La controversia constitucional fue turnada a la ministra Olga Sánchez Cordero para que elabore el proyecto que posteriormente será analizado por los ministros del tribunal constitucional.
Al conceder la suspensión, Sánchez Cordero consideró que no se afecta la seguridad y economía nacionales ni se lesionan los principios rectores del desarrollo económico ni de seguridad nacional plasmados en la Constitución.
El Juzgado Trigésimo Segundo de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del DF tiene un plazo de 30 días hábiles para que responda a la demanda interpuesta en su contra por la Presidencia de la República.
Dish celebra decisión de la Corte
Peter Bauer, representante legal de Dish, señaló en entrevista con Ciro Gómez Leyva, que la orden de la Corte representa un espaldarazo para el IFT, el cual -afirmó- debe pronunciarse ya sobre la retransmisión de señales de televisión abierta.
“El efecto de la suspensión es positivo, no para Dish, es positivo para el sector de las telecomunicaciones y la radiodifusión porque el efecto inmediato de esta orden del Juez local que estaba procurando invadir de manera temeraria las facultades constitucionales del IFT, hoy no tiene efectos jurídicos”, refirió.
Qué dice la Presidencia
En un comunicado, la Presidencia de la República dijo que de acuerdo con la SCJN en la Reforma en Telecomunicaciones, es clara la facultad que tiene el IFT en estos temas.
“El Artículo Octavo transitorio, fracción I, establece que una vez constituido el Instituto Federal de Telecomunicaciones, lo cual ocurrió el treinta de septiembre de dos mil trece, será dicho órgano quien tendrá atribuciones para hacer que se observe lo establecido en la propia fracción I”, uno de los fragmentos de la SCJN que mencionó en el comunicado.
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