Se modifica el reglamento de la ley general de salud en materia de trasplantes

Se modifica el reglamento de la ley general de salud en materia de trasplantes

CIUDAD DE M脡XICO, 27 de marzo (Al Momento Noticias).- En el Diario Oficial de la Federaci贸n se publicaron las modificaciones al Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes, el cual tiene como objetivo regular la disposici贸n de 贸rganos, tejidos y c茅lulas, con excepci贸n de la sangre, componentes sangu铆neos y c茅lulas progenitoras o troncales, que se realicen con fines de trasplante.

Estas disposiciones ser谩n de orden p煤blico, inter茅s social y de aplicaci贸n obligatoria en todo el territorio nacional.

Este reglamento no hab铆a tenido modificaciones desde 1985, hasta el d铆a de hoy que se publica la modificaci贸n a la Ley General de Salud en la materia, la cual actualiza la informaci贸n sobre los procedimientos de donaci贸n y trasplante.

El reglamento establece que en el caso de los trasplantes entre personas vivas, se deber谩 evaluar favorablemente al donador como al receptor, y la informaci贸n correspondiente se tendr谩 que enviar al Registro Nacional de Trasplantes.

Una vez obtenida dicha informaci贸n, si no se realizara el trasplante, el receptor candidato conservar谩 la antig眉edad en el Registro.

Los comit茅s internos de coordinaci贸n para la donaci贸n y trasplantes ser谩n los responsables de realizar la distribuci贸n y asignaci贸n de 贸rganos de acuerdo con lo dispuesto en la ley, con base en los criterios y requisitos antes previstos.

Los establecimientos de salud deben contar con la especialidad m茅dica o quir煤rgica, laboratorios de patolog铆a cl铆nica, banco de sangre, sala de recuperaci贸n, unidad de cuidados intensivos, personal m茅dico especializado en el tipo de trasplantes a realizar, medicamentos, equipo e instrumental quir煤rgico adecuad.

Se deber谩 dar reconocimiento al m茅rito y altruismo de donador y sus familiares por el coordinador hospitalario, mediante una carta聽 de reconocimiento, haciendo referencia al m茅rito.

La transportaci贸n de 贸rganos se har谩 en contenedores destinados espec铆ficamente para ello, que permitan su buen manejo, temperatura y conservaci贸n.

Algunas de las modificaciones m谩s importantes son:

Los criterios m茅dicos, que permitir谩n seleccionar a los candidatos a recibir un 贸rgano, tejido o c茅lula.

Urgencia de trasplante, que en caso de riesgo inminente de muerte, su 煤nica alternativa sea el trasplante.

En ning煤n caso se podr谩 disponer de 贸rganos, tejidos y c茅lulas para fines de trasplantes en contra de la voluntad de un donador.

La creaci贸n de un formato para manifestar el consentimiento expreso para donar despu茅s de la muerte, para que 茅stos sean utilizados en trasplantes.

Distribuci贸n y asignaci贸n de 贸rganos y tejidos.

Consentimiento para la donaci贸n.

Dichas modificaciones proteger谩n los intereses tanto a los pacientes que reciban un 贸rgano, como de los que donen, as铆 como la regulaci贸n de la donaci贸n cadav茅rica.

El presente reglamento entrar谩 en vigor a partir del d铆a siguiente de su publicaci贸n en el Diario Oficial de la Federaci贸n.

AMN.MX/fm